El llamado céntimo sanitario es un impuesto que recae sobre el consumidor y que se aplica a los hidrocarburos, esto es, gasolinas, gasóleo, fuelóleo y queroseno no utilizado como combustible de cal

El llamado céntimo sanitario es un impuesto que recae sobre el consumidor y que se aplica a los hidrocarburos, esto es, gasolinas, gasóleo, fuelóleo y queroseno no utilizado como combustible de calefacción. Según el portavoz municipal de IU, su objetivo no era otro que solucionar los problemas de liquidez de la sanidad pública.

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 27 de febrero de 2014 ha declarado contrario al Derecho comunitario el llamado “céntimo sanitario” que se cobraba como impuesto indirecto en la venta de hidrocarburos (gasolinas, gasóleos, combustible de calefacción, etc…). La Sentencia es de aplicación en toda España y el Estado viene obligado a la devolución íntegra de las cantidades cobradas en exceso.

El tribunal Comunitario ha dictaminado que el céntimo sanitario que se aplicó desde 2002 hasta 2012 era contrario al derecho comunitario. El motivo es que contraviene la directiva europea de impuestos especiales, algo que el gobierno de Rajoy solucionó en 2013 integrándolo en los impuestos especiales de los carburantes, en previsión de un varapalo como este, y que, entre otras cosas, no tenía una finalidad «específica» ligada al consumo de los hidrocarburos.

Para solicitar la devolución del dinero cobrado ilegalmente, según el TJUE, en primer lugar, hay que poder justificar que se pagó. En segundo lugar, continua diciendo Terán, el derecho a pedir el reembolso de un impuesto cobrado indebidamente prescribe a los cuatro años, según la Ley Tributaria.

Hay que presentar un «escrito en forma de instancia» en la oficina de Hacienda correspondiente –que tendrá que recibir la sección de impuestos especiales, aportando las facturas o recibos que acrediten el pago del dinero, explicando cuándo y cuánto se pagó y aludiendo a la ilegalidad puesta de manifiesto por la justicia, tanto europea como española, cuando llegue la sentencia del TJUE El procedimiento viene reflejado en la Ley Tributaria. No hace falta, por tanto, acudir a los tribunales.

Rafael Terán manifiesta que la partida 10002/920/22103 «OSG combustibles y carburantes» tuvo gasto real (obligaciones reconocidas netas) en 2012 por valor de 194.110,56 euros. El céntimo sanitario de un año para el ayuntamiento sería de aproximadamente de unos 6.000 euros (1.941 x 3). En vista que se solo se pueden reclamar los últimos cuatro años no prescritos y que también hay que incluir los gastos en combustibles por las empresas municipales y de TUSSA, estimamos que la cantidad a devolver sería de aproximadamente de 70.000 euros.

El portavoz municipal de IU Sanlúcar insta a la Delegada de economía y hacienda, ya que estamos seguro que no va a tener la iniciativa por sí misma, a que ponga en marcha los trámites necesarios para exigir la devolución de lo cobrado ilegalmente, según la resolución del TJUE, al ayuntamiento de nuestra ciudad mediante el céntimo sanitario.

Esperamos que de tramitar con diligencia la devolución e ingresadas las cantidades pertinentes previamente cobradas ilegalmente, el equipo de gobierno PSOE-CIS, no caiga en la tentación de emplearlo en publicidad y propaganda y los dedique en temas más provechosos como atender a los  más necesitados de la ciudad a través de los servicios sociales municipales.